TERCER TRIMESTRE 2010
Noticia del Despacho
La Unión Internacional de Abogados celebrará su consejo anual en Estambul, donde contará con la participación de D.José Pajares

La Unión Internacional de Abogados celebrará entre los días 30 de octubre y 3 de noviembre de 2010 su Congreso Anual en Estambul participando el Socio Director del Despacho, Don José Pajares, como ponente en dos de sus Comisiones de Trabajo, Derecho de Familia y  Derecho de Insolvencias, en las que hablará sobre impartirá sobre "LA INSOLVENCIA EN EL MATRIMONIO"


Descargar fichero adjunto programa uia.pdf
Los ganadores del premio Corporate International Magazines Global Awards obtenido por PAJARES & ASOCIADOS, ABOGADOS DESDE 1958 se caracterizan por haber superado las exigencias habituales del campo en el que han sido premiados.

Han sido criterios valorados para la selección las siguientes aptitudes:

- efectividad en la comunicación;

- conocimiento legal de las áreas de trabajo;

- concienciación de la importancia de un buen plan de marketing;

- fortaleza del equipo humano;

- habilidades directivas;

- proyectos y transacciones novedosos o de especial relevancia.

Aptitudes que según la revista CorporateINLT pueden encontrarse en el equipo profesional de "PAJARES & ASOCIADOS, ABOGADOS DESDE 1958" y que le hacen merecedora de los siguientes titulares periodísticos:

"Corporate International Magazines Global Awards 2010 "Bankruptcy Advisory Firm of the Year in Spain".

"Excellent quality and experience In Corporate Law and Insolvency"


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PAJARES & ASOCIADOS expande su actividad a América Latina

Pajares&Asociados ha firmado un convenio de colaboración con un bufete de abogados de Ecuador, concretamente con el despacho "Estudio Jurídico Maya & Asociados". El citado convenio de colaboración servirá, entre otras, para facilitar el asesoramiento legal a empresas españolas que operan en el país sudamericano, así como asesorar a particulares y profesionales que procediendo de dicho país precisan un servicio jurídico en España.

Este acuerdo forma parte de una acción estratégica que se desarrolla con objeto de dar respuesta a las necesidades de organización o empresa que realizan su actividad en todo el mundo. De esa manera se les garantiza la cobertura de sus necesidades legales. Merced al acuerdo suscrito, las empresas españolas que trabajan en Ecuador dispondrán de un asesoramiento personalizado al máximo, al tiempo que contarán con la comprensión de acuerdos dicho país. Este sistema permitirá la posibilidad de asesoramiento legal bajo la jurisprudencia local.

A este acuerdo ya alcanzado se sumarán próximamente los acuerdos a ratificar con Argentina y Méjico. Así de la mano de los despachos del Dr. Prus en el caso de Argentina, y del mejicano D. Alberto Román, se alcanzarán sendos convenios de colaboración que tienen como objetivo común la prestación de servicios jurídicos tanto para los ciudadanos foráneos que se encuentran en nuestro país, como para aquellos españoles que precisen un asesoramiento legal en el continente latino.

Expansión internacional

El despacho zaragozano Pajares&Asociados Abogados desde desde 1958, ya ha suscrito convenios de este tipo con despachos ubicados en otros países, como China, Rumanía, Egipto, USA, Alemania o Francia

Además, la apuesta de Pajares&Asociados Abogados se encuentra dentro de los planes de expansión, entre los cuales se encuentran la firma de varios acuerdos de colaboración con despachos foráneos como es el caso de los ya mencionados despachos del Dr. Prus y de D. Alberto Román.


Noticia del Despacho
Ilegalidad de imágenes captadas con cámara de video-vigilancia en la vía pública

 

La Sentencia de la Audiencia Nacional de 17 de junio de 2.010, indica que para que las imágenes cumplan el requisito de legalidad, debe existir consentimiento de los ciudadanos, según sean éstos captados mediante la grabación de imágenes con cámaras de vigilancia de alto alcance.

 

Sostiene la sala, que "lo adecuado y no excesivo hubiera sido, según la Asociación Española de Protección de Datos (EPD), que las cámaras sólo tomaran imágenes de las entradas a dicho edificio y fachada, y en su caso, un espacio mínimo de la vía pública" y no "a la vía pública en su sentido más amplio". Añade dicho pronunciamiento judicial además, que aunque el sistema de video-vigilancia haya sido instalado conforme a la normativa de Seguridad Privada, no se autoriza a realizar grabaciones de imágenes en la vía pública puesto que las grabaciones de las mismas en lugares públicos, es competencia exclusiva de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, salvo acreditación de autorización administrativa para realizarlas.


Noticia del Despacho
Ley 5/2010 de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004 por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales

El pasado 7 de julio de 2010 entró en vigor la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales (publicada en el B.O.E. de 6 de julio de 2010).

La reforma tiene por objeto corregir desequilibrios, favorecer la competitividad y lograr un crecimiento equilibrado de la economía española, equiparando los plazos de pago con los del resto de Europa.

La Ley fija unos plazos máximos de 60 días para los pagos de empresas a sus proveedores y de 30 días en el caso de las administraciones públicas, con un periodo de adaptación en ambos casos que se extenderá hasta 2013. Por otro lado, se elimina toda posibilidad de que las empresas negocien plazos superiores de pago con el fin de evitar prácticas abusivas de grandes empresas sobre pequeños proveedores, que den lugar a aumentos injustificados en el plazo de pago.


Descargar fichero adjunto Newsletter - Modificación Ley de Morosidad.doc
La ley 10/2010 de prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo

El pasado 30 de abril de 2010 entró en vigor La Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. Dicha Ley que incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva Europa 2005/60/CE sobre blanqueo de capitales, tiene como principal objetivo evitar los riesgos de utilización de ciertos sectores de actividad para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo.

                     

En cuanto a los sujetos obligados a su cumplimento señalamos, por su preponderancia en el tráfico jurídico y mercantil, las entidades financieras o de crédito, los notarios y registradores, así como, abogados, procuradores u otros profesionales independientes cuando participen en la realización o asesoramiento de operaciones por cuenta de sus clientes relativas a la compraventa de inmuebles, valores u otros activos, aperturas y gestión de cuentas corrientes o en  la organización y gestión de empresas, así como en aquellos casos en lo que actúen por  su cuenta y en su nombre.

 


Descargar fichero adjunto Prevencion blanqueo de capitales.doc

Noticia del Despacho
La insolvencia en el matrimonio

La crisis, desde hace tiempo presente a diario en los medios de comunicación, es una realidad que nos afecta a todos. Al margen de que el Gobierno debe tomar medidas para evitar que esta situación se prolongue en el tiempo, es evidente que también tiene que atender a las situaciones de insolvencia que hoy están afectando tanto empresas como a particulares. Porque, naturalmente que las empresas padecen las consecuencias de la crisis, pero el consumidor y las familias son especialmente sensibles a una situación caracterizada por un aumento de la inflación, del paro y de los tipos de interés de los préstamos hipotecarios. A nadie se le escapan las dificultades que muchas familias encuentran para llegar a fin de mes, principalmente por el excesivo peso que tiene la deuda hipotecaria.


Descargar fichero adjunto PONENCIA 2010.pdf

Noticia del Despacho
High Courts disallows crucial evidence on grounds of late disclosure
A recent High Court decision departed from the principle that 'late discovery is better than no discovery at all' when it disallowed the introduction of aerial photographs that were both "relevant" and "crucial" to both the defendants' and plaintiffs' cases on the grounds of late disclosure.

Facts

In Agi ak Bungkong v Ladang Sawit Bintulu Sdn Bhd,(1) the plaintiffs had claimed native customary rights over lands situated in Bintulu, Sarawak. The defendants responded by producing aerial photographs that were intended to disprove the plaintiffs' claims over the use of the land. These photographs were first disclosed as an annexure to a witness statement, which was produced only as the witness was about to enter the witness box. The introduction of these aerial photographs was objected to by the plaintiffs' counsel on the grounds that:
  • they had not been disclosed during discovery;
  • they had been disclosed only after the plaintiffs' case had closed; and
  • this was prejudicial because the plaintiffs were deprived of an opportunity to rebut them.

The judge did not immediately rule on the objections, but reserved the issue until after the close of submissions.


Descargar fichero adjunto LatinCounsel_com-USD-PITI 2010, Actualización Fiscal Internacional E_U_A_ – México, Asuntos F__.htm
Record compensation for breach of employement contract

Record compensation for breach of employment contract: Romanian football player ordered to pay more than EUR 17 million damages for breach of contract following a doping offence

 

After a five-year legal battle, Romanian football player Adrian Mutu, 31 years old, has lost his final appeal against his former club Chelsea FCL and must pay more than EUR 17 million in damages for breach of contract, in accordance with article 14 of the FIFA Regulations on the Status and Transfer of Players (RSTP)¹.

On June 10, 2010, the Federal Supreme Court of Switzerland (Schweizerisches Bundesgericht/BGE) upheld the decision made by the Court of Arbitration for Sport (TAS/CAS) against the decision rendered by the FIFA Dispute Resolution Chamber (DRC), which set aside DRC´s decision and ordered Mutu to pay to Chelsea FCL the amount of EUR 17,173,990, plus interest of 5% p.a. starting on September 12, 2008, until the date of actual payment.


Descargar fichero adjunto Internacional1.mht

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